Nombre Consejo Consultivo | Forma de integración | Nombre de sus Consejeros | Representación o calidades | Enlaces |
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil | Su presidente será el alcalde de la comuna y estará compuesta por a) Diez miembros que representarán a las Organizaciones comunitarias de carácter territorial. b) Diez miembros que representarán a las Organizaciones comunitarias de carácter funcional. c) Cuatro miembros que representarán a las Organizaciones de interés público. d) Dos representante de las asociaciones gremiales de la comuna e) Dos representante de las organizaciones sindicales de la comuna f) Dos representante de otras actividades relevantes para el desarrollo económico, social y cultural de la comuna. |
No aplica De acuerdo al Decreto Exento Nº 4.172 del 14 de mayo de 2013 se declara desierto el proceso de conformación, elección e integración del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Comuna de Puerto Montt, por no contar con el número mínimo de 20 candidatos inscritos para su elección. De acuerdo al Decreto Exento Nº 2.566/2012 se declara desierto el proceso de conformación, elección e integración del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Comuna de Puerto Montt, por no contar con el número mínimo de 16 candidatos inscritos para su elección. |
No Aplica | Decreto 9503 Decreto 4172 Decreto 2566 |
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