Tramite que tiene por objeto dividir un predio sin que el propietario esté obligado a urbanizar, por se suficientes las obras de urbanización existentes.
Para estos efectos se entiende que son suficientes las obras de urbanización existentes, cuando el predio enfrenta una vía pública dotadas de redes de agua potabla, alcantarillado y alumbrado público.
Cualquier persona que lo solicite
Los contemplados en:
* La Ley General de Urbanismo y Construcciones
* La Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones
* Plan Regulador Comunal
Debe ser patrocinado por un arquitecto
*Solicitud firmada por el propietario y el arquitecto proyectista
*Original o copia autorizada por notario del certificado de avalúo fiscal vigente
*Fotocopia del certificado de informaciones previas
*Plano de subdivisión a escala no menos a 1.100 indicando curvas de nivel 2m, dimensiones de los deslindes del terreno, singularización de los lotes resultantes y sus dimensiones, cuadro de superficies de los lotes resultantes y sus dimensiones, indicación de zonas de restricción y de riesgos que pudieran afectarlo, número de rol de los predios colindantesy otras menciones que se estimen necesarias.
*Plano de ubicación del terreno a escala no inferior a 1:5:000, con indicación de las vías o espacios de uso público existentes en su proximidad y de otros elementos referenciales relevantes del lugar, que faciliten su identificación
*Plano con graficación de la subdivisión predial existente y la propuesta.
Ver Ordenanza de Cobros vigente
Dirección de Obras
Avenida Presidente Ibañez Nº600 5º piso
Lunes a Viernes de 8:30 a 13:00 horas
Atención Profesional Revisor Martes y Jueves de 8:30 a 10:30 horas.
No
El interesado deberá acercarse con los documentos requeridos a la Dirección de Obras Municipales, de lunes a viernes en horario de oficina. Para consultas con Profesional Revisor, solicitar hora a los fonos 261541 o 261542. Atención Profesional Revisor Martes y Jueves de 8:30 a 10:30 horas.